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Jaume Manyosa Ribatallada |
Localización: Sabadell.cat |
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 Martes, 27 Agosto 2024 08:53
Últimamente y por diversos medios de comunicación, se ha informado de que habían cambiado algunos criterios para aplicar los cálculos de cotización, por lo que se refiere al periodo del servicio militar.
Me dirijo a la Asociación o, en su caso, a compañeros, si tienen información de estos nuevos criterios, también si la aplicación de los mismos de carácter retroactivo.
Agradeceré información sobre lo expuesto.
Un saludo Sahariano.
amadorueda@gmail .com Jueves, 29 Agosto 2024 11:46
Jaume, yo creo que esta igual que estaba aqui no se debe de hablar de politica,pero si te puedo decir,que ningun partido politico se ha acordado de nosotros somos los olvidados,pero si le preguntamos algun politico te dice que era nuestra obligacion,a lo que yo le conteste a uno que el salia a las dos de la tarde del cuartel y dormia en su casa, mientras los que estuvimos en el Sahara vinimos a casa a los 15 meses y eso quien nos lo paga, su contestacion fue esos eran otros tiempos, te puedes figurar todo lo que le dije ha este chupostero, despues de lo que sufrimos todos en general que te venga,un energumeno y te diga semejante payasada,ya sabes como esta esto que si te faltan salgunos dias para jubilarte y para cobrar la pension que te sirve pero nada mas,un saludo Jaume
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santiago barreche sanchez Jueves, 29 Agosto 2024 15:38
Hola Jaume.- Yo soy ( era ) funcionario y trabaje en el Inem y en la Inspeccion de Trabajo de Malaga. Y tuve la oportunidad de comprobarlo para mi favor en mi Jubilacion y NO me lo aceptaron el tiempo que estuve en el Sahara.
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Jaume Manyosa Ribatallada Lunes, 2 Septiembre 2024 15:57
Muchas gracias Amador y Santiago, por vuestros comentarios que seguramente me ayudaran con el tema que expuse.
Esperaba tambi?n alguna respuesta o comentario por parte de la Asociaci?n, creo que los socios nos merecemos alg?n comentario, aunque no se tenga informaci?n del tema, en fin espero que con la Fundaci?n los h?bitos tambi?n cambien a mejor.
Saludos cordiales.
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Jordi Mas i Cereza Martes, 3 Septiembre 2024 07:57
Hola.
En mi caso hace ya m?s de 50 a?os, mi Empresa, (Alemana), continu? en plantilla y cotizando, (no cobrando), pese a estar en la "mili", me dieron una cierta cantidad, que no recuerdo, y entregu? en casa. Como en ese tiempo segu?a en activo, a la hora de jubilarme con m?s de 50 a?os trabajado, ese tiempo de mili, tampoco es que hiciera falta, porque ya estaba incluido como si trabajara. No se si me explico, o si se entiende lo que quiero decir,
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Jesús Palomares Martín Martes, 3 Septiembre 2024 17:14
Buenas Jaume,
Con referencia a lo expuesto sobre el periodo de mili en la jubilaci?n, la Seguridad Social establece que el tiempo dedicado al servicio militar no se puede computar para calcular la jubilaci?n ordinaria. Es decir, s?lo est? disponible para la jubilaci?n anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el l?mite m?ximo de un a?o.
Esta ahora el servicio militar solo serv?a para ampliar tiempo cotizado, por eso no se utiliza en la ordinaria que es la que ya cumple todos los requisitos de tiempo cotizado para poder jubilarse normalmente, pero sin embargo es posible que a una anticipada le pueda faltar alg?n a?o y eso se compensa con el tiempo de mili.
A tener en cuenta que para que el servicio militar pueda computar en la vida laboral de cara al c?lculo de la jubilaci?n anticipada, el interesado deber? documentarlo y demostrarlo ante la Seguridad Social. Y la mejor forma de hacerlo es obtener un certificado para el c?mputo rec?proco de cotizaciones.
Es decir que el que est? ya jubilado con todos los requisitos reglamentarios, la mili ya no le afecta.
En la sede electr?nica de la Seg. Social est? toda la normativa al respecto.
[ www.seg-social.es]
Espero te haya servido para despejar alguna duda al respecto
Saludos cordiales
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